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Si tienes saldos por pagar y estás reportado en centrales de riesgo, conoce cómo acogerte a la Ley 2157 de 2021 más conocida como ley de borrón y cuenta nueva.
Esta ley incluye una amnistía que aplica para las personas naturales y jurídicas que cancelen sus obligaciones o la mora objeto del reporte en centrales, antes de la entrada en vigencia de la ley o en los 12 meses de vigencia de la misma.
Esta ley propone una amnistía para Personas Naturales y Jurídicas que se pongan al día con su mora o realicen el pago total de la deuda de la siguiente forma:
Para los usuarios que, estando en mora, pagan las cuotas atrasadas o cancelan la obligación financiera previo a la entrada en vigencia de la ley, y estuvieron reportados negativamente en las centrales de información financiera por 6 meses o más, se deberá retirar la información negativa inmediatamente.
Para los usuarios que, estando en mora, pagan sus obligaciones atrasadas antes de la entrada en vigencia de la ley, y estuvieron reportados negativamente en las centrales de información financiera por menos de 6 meses, la información negativa será eliminada una vez se cumplan 6 meses contados a partir de que se haya hecho el pago del saldo en mora o del saldo total de la obligación.
Para los usuarios que, estando en mora, pagan dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley (29 de octubre de 2021 a 29 de octubre de 2022), la información negativa permanecerá en las centrales de información financiera durante máximo 6 meses contados a partir de la fecha en que se haya hecho el pago del saldo en mora o del saldo total de la obligación.
Por regla general (Ley 1266 de 2008), es el doble del tiempo de mora, con un máximo de 4 años contados a partir de la fecha en que sean pagadas las cuotas vencidas o sea extinguida la obligación.
Sin embargo, con la amnistía propuesta por la ley de “Borrón y Cuenta Nueva”, si antes de la entrada en vigencia de la ley, el cliente ya pagó, o paga el saldo en mora o el saldo total de su obligación durante los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley, el término de permanencia del reporte negativo en las centrales de información financiera será de máximo 6 meses.
Una vez reúna los documentos que soportan que fue víctima de una suplantación, lo invitamos a contactarse con Confiar para el trámite de su solicitud a través de los distintos canales de atención, presenciales y virtuales que tenemos dispuestos. Confiar una vez reciba la solicitud, deberá dentro de los diez (10) días siguientes cotejar los documentos utilizados para adquirir la obligación en discusión, con los documentos que el cliente ha aportado y deberá dar respuesta al usuario dentro del término legal.
Cuadro Comparativo Ley 1266 - Ley 2157
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